Este apartado recoge las preguntas más habituales que se reciben en la asociación. Si hay algo relacionado con la traducción que desees saber y que crees que sería útil documentar aquí, consúltanos y añadiremos tu pregunta a la lista.

[vc_row font_color=»#000000″ type=»boxed» el_class=»contfaq»][vc_column width=»4/4″][vc_toggle title=»¿Puedo ser miembro de la asociación?» el_id=»1438070225170-28926ec3-f4f3″]

Encontrarás toda la información sobre quién puede ser socio de APTIC y el procedimiento a seguir en el apartado «Asociarse» de la web.

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Tenéis bolsa de trabajo?» el_id=»1438070317693-dfd575b5-4f5a»]Sí. Por una parte, la Secretaría de APTIC recibe ofertas de empleo y las distribuye entre sus socios. Por otra parte, la web de la asociación incluye un buscador que permite localizar profesionales asociados a partir de diversos criterios; si quieres saber cómo funciona, haz clic aquí.

Recuerda que APTIC no es ninguna agencia ni asociación con ánimo de lucro, y que intentamos que los trabajos que llegan se repartan de la manera más transparente posible. Por eso, no somos nosotros quienes escogen a los candidatos para los trabajos, sino que son los posibles candidatos los que se ponen directamente en contacto con el cliente. Por este motivo es muy importante que, si te pones en contacto con nosotros para encontrar algún traductor o intérprete, dejes tus datos de contacto bien claros y todos los detalles posibles del trabajo que ofreces.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Dónde puedo estudiar traducción e interpretación?» el_id=»1438070728372-498d6e43-c706″]En el Estado español cada vez hay más facultades (públicas y privadas) y otros centros donde se puede estudiar Traducción e Interpretación. Si quieres un listado de las facultades españolas donde puedes cursar estos estudios, visita nuestra página de enlaces. En esta guía encontrarás una comparativa de los diversos másteres que se realizan en el territorio español (año 2010).

En Cataluña, actualmente, la carrera de Traducción e Interpretación se imparte en tres universidades: la Universidad Pompeu Fabra, la Universidad Autònoma de Barcelona i la Universidad de Vic. Si has estudiado otra carrera, pero te gustaría cursar algún máster o posgrado relacionado con la traducción, consulta la pregunta sobre formación continua en esta página.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Son lo mismo la traducción y la interpretación?» el_id=»1438070885445-b7f3bdad-00f1″]

Estos dos términos con frecuencia se confunden, pero la diferencia está clara. Un traductor se dedica solamente a la traducción de textos por escrito. La interpretación, en cambio, solo se lleva a cabo de forma oral. Por lo tanto, es posible intuir que las aptitudes y los requisitos de ambas profesiones son muy diferentes. (Más información sobre interpretación en la siguiente pregunta.)

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué tengo que hacer para ser intérprete?» el_id=»1438070915859-a2b01393-c7ec»]La interpretación es una profesión muy exigente porque se ejerce en contextos muy diversos (congresos, negociaciones, reuniones de organismos internacionales…) y porque es responsabilidad del intérprete que el mensaje llegue a sus destinatarios con total fidelidad. Por ello, es fundamental que el profesional de la interpretación tenga una formación universitaria mínima, domine perfectamente su lengua materna, tenga un excelente dominio de sus idiomas de trabajo y esté familiarizado con la cultura de los países donde se hablan estos idiomas. Asimismo es necesario que tenga aptitudes, como por ejemplo, capacidad de concentración, agilidad mental y dotes de comunicación.

En las facultades de Traducción e Interpretación es posible elegir la especialidad de interpretación. De todos modos, el número de horas lectivas suele ser muy limitado y, teniendo en cuenta que se trata de una actividad que requiere muchas horas de práctica, es aconsejable realizar cursos de formación continua para acceder al mercado laboral de la interpretación. Para más información sobre centros docentes, consulta el apartado sobre formación continua de esta página.

Otras asociaciones de intérpretes también pueden ofrecerte información más amplia sobre el tema:

  • Asociación de Intérpretes de Conferencia de España (AICE).
  • Asociación Internacional de Intérpretes de Conferencias (AIIC), o la seva secció espanyola (ESPaiic).

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo puedo convertirme en traductor jurado?» el_id=»1438071161746-a4248906-b1bc»]En primer lugar, debes saber que el sistema para conseguir el título de traductor jurado es diferente si quieres ser traductor de catalán o de castellano. El procedimiento para conseguir el título al castellano depende del Ministerio de Asuntos Exteriores, mientras que el procedimiento para traductores al catalán depende de la Generalitat.

En Cataluña existe una asociación de traductores e intérpretes jurados (ATIJC), donde también pueden informarte.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo puedo convertirme en traductor jurado de castellano?» el_id=»1438071182936-f8fa7990-e05f»]El título de traductor jurado de castellano (nombre oficial: intérprete jurado) lo otorga el Ministerio de Asuntos Exteriores e incluye tanto la traducción jurada como la interpretación jurada. Los exámenes tienen lugar en Madrid y suelen realizarse entre septiembre y noviembre. A principios de mayo se publica la convocatoria en el BOE (más información en http://www.boe.es o a http://www.maec.es). También puedes ponerte en contacto por teléfono con la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio español de Asuntos Exteriores: 913 799 700.

Por regla general, para poder presentarte a estas pruebas debes cumplir las siguientes condiciones básicas:

  • Tener un título de licenciatura, ingeniería técnica, arquitectura o similar (en caso de ser un título extranjero, deberá estar homologado).
  • Tener la nacionalidad española o de cualquier otro estado miembro de la UE.

Las pruebas constan de cuatro partes, todas ellas de carácter eliminatorio:

  1. Traducción general (de tipo periodístico o literario) directa sin diccionario.
  2. Traducción general inversa sin diccionario.
  3. Traducción especializada (de temas jurídicos o económicos).
  4. Interpretación.

Las partes 1. y 2. duran dos horas en total y no se puede utilizar ningún diccionario. La parte 3. tiene una duración de una hora y media, y en esta sí puedes utilizar diccionarios.
Si superas las tres primeras pruebas, te convocarán para hacerte una prueba oral (parte 4.) y, si la apruebas, obtendrás el título de intérprete jurado del idioma del que te hayas examinado al español. (Este título es bidireccional: de la lengua extranjera al español y viceversa.)

Existe una lista de distribución en la que puedes encontrar otros profesionales que se han presentado a la prueba o se están preparando. Para visitar el grupo, haz clic aquí.

Los estudiantes de la licenciatura en Traducción e Interpretación pueden conseguir el título de traductor jurado de su lengua B al castellano si cumplen los requisitos que se indican en el BOE número 184, de 2 del agosto de 2002. Para obtener el título es necesario que el licenciado haya aprobado 24 créditos de traducción jurídica o económica y 16 créditos de interpretación. En cuanto al grado en Traducción e Interpretación, este aspecto todavía no está regulado (información actualizada a 30 de julio de 2009).[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo puedo convertirme en traductor jurado de catalán?» el_id=»1438071259302-4c461c41-feea»]La habilitación de traductor jurado de catalán la otorga la Generalitat de Catalunya. Los exámenes se realizan en Barcelona y suelen tener lugar entre octubre y noviembre. La convocatoria se publica en el DOGC (para más información, visita la página web de la Dirección General de Política Lingüística).

Los licenciados en Traducción e Interpretación pueden conseguir el título de traductor jurado de su lengua B al catalán si cumplen los requisitos que se indican en el artículo 7 del decreto que regula su habilitación. En este caso no será necesario que se examinen, pero sí deberán hacerlo —por lo menos la parte de traducción e de interpretación— si quieren conseguir el título para su lengua C.

Los idiomas que actualmente cubren estas pruebas son los siguientes: castellano, inglés, francés, alemán, italiano (en las modalidades de traducción e interpretación), chino y árabe (solo en la modalidad de traducción). Los exámenes de castellano se convocan cada año, mientras que los de los otros idiomas tienen lugar en años alternativos.

Al igual que para obtener el título de traductor jurado de castellano, es necesario tener un título de licenciatura, ingeniería técnica, arquitectura o similar (en caso de ser un título extranjero, deberá estar homologado).

Las pruebas están divididas en cuatro partes:

  1. Prueba de derecho
  2. Prueba de catalán
  3. Prueba de traducción
  4. Prueba de interpretación

Prueba de derecho: es eliminatoria. Tiene lugar un mes antes de las pruebas de traducción e interpretación. Están exentos de la misma los licenciados en Derecho, los licenciados en Traducción e Interpretación (al catalán) y las personas que ya sean traductores jurados de algún idioma.

Prueba de catalán: también es eliminatoria, y tiene lugar antes de las pruebas de traducción e interpretación. Están exentos de la misma los licenciados en Filología Catalana, las personas que ya sean traductores jurados de algún idioma y cualquier persona que pueda acreditar unos conocimientos de catalán equivalentes al certificado de nivel D que otorga la Dirección de Política Lingüística (es el caso de los licenciados en Traducción e Interpretación al catalán).

Prueba de traducción: es independiente de la prueba de interpretación. Se compone de una parte de traducción general (directa e inversa) y de una parte de traducción especializada de un documento jurídico, sobre seguros, etc. (no suele ser un texto científico), en la cual se pueden utilizar diccionarios.

Prueba de interpretación:es independiente de la prueba de traducción. Consiste en interpretar (para cada idioma) una cinta de vídeo de unos cinco minutos de duración, en la que una persona declara ante el juez en relación con las circunstancias de algún accidente.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué es la localización? ¿Es una especialidad de la traducción?» el_id=»1438071378710-e0f767a1-cb12″]

Tanto en traducción como en informática, localización significa adaptación, normalmente de aplicaciones informáticas, páginas web o, incluso, de manuales de instrucciones, a la lengua y la cultura de un mercado en concreto. Para localizar, además de los conocimientos lingüísticos y extralingüísticos que ya posee un traductor, se requiere una serie de habilidades técnicas relacionadas con la informática y la programación. Puedes encontrar más información en www.lisa.org, una asociación de especialistas en este sector.

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Dónde puedo encontrar recursos informáticos para traductores?» el_id=»1438071401158-d49bcee1-a52b»]Internet está llena de sitios donde puedes encontrar el diccionario, el programa o la fuente de referencia que necesitas… ¡Solo hace falta buscarlos y utilizarlos!

Puedes empezar por nuestra página de enlaces. ¡Buen viaje… y buena pesca![/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo puedo encontrar trabajo de traductor/a?» el_id=»1438071436189-c2b94788-2202″]Las vías más habituales son las siguientes:

  • A través de las bolsas de trabajo de la universidad y las asociaciones de traductores (como por ejemplo la de APTIC). En el caso de las bolsas de las asociaciones, normalmente es necesario ser socio para tener acceso a ellas.
  • Mediante el envío de currículos (consulta la pregunta siguiente).
  • Mediante los anuncios que se difunden por Internet y que se publican en otros medios.
  • A través del boca-oreja, por ejemplo de colegas que tengan exceso de trabajo y quieran repartir sus proyectos.
  • Si eres socio de APTIC, consulta la guia para traductores noveles que encontrarás en la zona exclusiva para socios, apartado «Descargas», guías.

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿A dónde tengo que enviar currículos?» el_id=»1438071492969-687cf110-119e»]A todos los posibles interesados en utilizar tus servicios: empresas de traducción, editoriales, empresas exportadoras… Puedes encontrar direcciones en las Páginas Amarillas o en directorios de Internet.

Ten en cuenta que raramente te responderán con rapidez, pero muchas empresas guardan los currículos y puedes llevarte una sorpresa al año (o más) de haberlo enviado.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué tengo que hacer para trabajar como traductor autónomo?» el_id=»1438071532633-21e281c8-7d42″]En primer lugar, tienes que ir a la administración de la Agencia Tributaria que te corresponda y darte de alta en el censo de Hacienda. Para ello, tendrás que rellenar el modelo 036. El epígrafe que corresponde a los traductores e intérpretes es el epígrafe 774, sección 2a. Con este mismo trámite te darás de alta en el impuesto de actividades económicas (IAE), aunque actualmente no se paga por ello. Esta alta censal tiene que hacerse el mismo día de inicio de la actividad económica o durante los 10 días anteriores.

En segundo lugar, a partir del momento de inicio de la actividad económica, tienes un mes para darte de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos de la Seguridad Social. Debes ir a la tesorería de la Seguridad Social que te corresponda con el original y la fotocopia del alta censal y del DNI, y rellenar el impreso 521/A.

na vez que te hayas dado de alta en Hacienda y en la Seguridad Social, ya puedes empezar a ejercer como traductor autónomo. Tendrás que presentar las declaraciones trimestrales y anuales aplicables a tu caso (te informarán de ello cuando hagas el alta censal), facturar todos tus trabajos y llevar al día los libros de contabilidad. Encontrarás información más detallada en la guía de APTIC Vull treballar per compte propi(en catalán), disponible en el apartado «Descargas» de esta web.

Importante: esta información tiene únicamente un valor orientativo y puede estar sujeta a cambios. Todos los datos deben confirmarse en la Agencia Tributaria —presencialmente, por teléfono (901 335 533) o en su web (www.aeat.es)— y en la tesorería de la Seguridad Social —presencialmente, por teléfono (901 502 050) o en su web (www.seg-social.es).[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué tarifa aplico?» el_id=»1438071605340-71d3d0f0-8670″]Los presupuestos se realizan:

  • Por caracteres (1.800 – 2.100 espacios por pág.)
  • Por palabras (aproximadamente 9,5 palabras por línea, 285 palabras por pág.)
  • Por página (aproximadamente 30 líneas, 285 palabras, 2.100 espacios)

Los precios varían en función de muchos factores: distancia entre el idioma de origen y el de llegada, grado de especialización de la traducción, urgencia… Además, hay que tener presente que unas veces se calcula a partir del texto de origen y otras veces, a partir del texto traducido.

El traductor profesional debe saber que la suya es una actividad empresarial y, por lo tanto, debe realizar sus cálculos en función de lo que quiera ganar y de sus gastos. Aquí tienes un enlace que puede resultarte útil:

  • Hoja de cálculo CalPro, disponible en la página de Asetrad.

También puedes pedir consejo y orientación directamente a otros profesionales por medio de listas de distribución de Internet o en persona, en los encuentros que organizan asociaciones u otras entidades relacionadas con la traducción y la interpretación.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo se hace una factura?» el_id=»1438071644514-e81a101e-60bf»]Tienes que hacer constar:

  1. Nombre y apellidos, NIF y dirección fiscal del profesional que emite la factura.
  2. Nombre, NIF y dirección fiscal del cliente.
  3. Número de factura y fecha. Tienen que estar perfectamente correlacionados.
  4. Concepto de la factura y honorarios. Los honorarios son el precio que se ha pactado con el cliente (el resultado de multiplicar el precio por página, línea o palabra pactado por el número de páginas, líneas o palabras traducidas o del texto original). Los honorarios son la base de todos los cálculos fiscales; esta cantidad también se llama base imponible o importe bruto.
  5. IVA: 21 % sobre los honorarios. (Atención: algunas traducciones no están sujetas a IVA o bien están sujetas pero exentas. Para más información, consulta la pregunta sobre traducciones que no llevan IVA.)
  6. IRPF: 15 % sobre los honorarios. Durante el año que nos damos de alta como autónomos y los dos años siguientes, existe la posibilidad de retener solo el 7 %, en lugar del 15 %.
  7. Total a pagar: honorarios + IVA – IRPF.

Puedes descargar un modelo de nuestra web y adaptarlo a tus necesidades.

Importante: esta información puede no estar actualizada y puede estar sujeta a cambios. Todos los datos deben confirmarse antes de utilizarse.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué traducciones no llevan IVA?» el_id=»1438071653144-d42edffe-ed83″]Las traducciones escritas de obras científicas, literarias y artísticas que sean susceptibles de generar derechos de autor (aunque luego se renuncie a los mismos) están sujetas a IVA pero exentas. Si se hace una factura sin IVA por esta razón, es necesario añadir a la factura el siguiente texto: «Operación sujeta a IVA pero exenta por el artículo 20.1.26 de la ley del IVA 37/1992 de 28 de diciembre».

Hay casos de traducciones que no están sujetas a IVA (es decir, la ley no prevé que estas operaciones tengan que llevar IVA). Son las operaciones con el extranjero. Si se hace una factura sin IVA por este motivo, es necesario añadir a la factura el siguiente texto: «Operación no sujeta a IVA por realización del hecho imponible en el lugar del destinatario fuera del ámbito de aplicación del impuesto, por el artículo: 70.1.5.B) f) de la ley del IVA 37/1992 de 28 de diciembre».

Si se tienen dudas sobre si una factura tiene que llevar IVA o no, lo mejor es consultarlo con la Agencia Tributaria o un gestor. Con todo, en caso de duda lo mejor es siempre cobrar el IVA, ya que la responsabilidad de cobrarlo es del profesional autónomo.

Las correcciones, por otra parte, se facturan siempre con IVA.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué es el certificado de contratistas?» el_id=»1438071746803-2e790e74-faa1″]Desde julio de 2004, si un trabajador autónomo no paga sus impuestos a Hacienda, esta puede reclamar el importe de los mismos a los clientes para los que ha trabajado el autónomo. Es el concepto de responsabilidad subsidiaria. Sin embargo, si el cliente pide a sus proveedores el certificado de contratistas y subcontratistas (un documento que certifica que el profesional está al corriente del pago de sus obligaciones fiscales del año anterior), deja de tener esta responsabilidad subsidiaria.

Un cliente puede pedir ese certificado a sus proveedores si se dan dos condiciones:

  • Que el concepto sea una prestación de servicios (no de mercancías).
  • Que la relación entre cliente y proveedor sea necesaria, es decir, que el profesional preste un servicio relacionado con la actividad principal del cliente. Por ejemplo, una agencia de traducción o una editorial pueden pedir el certificado a sus traductores, pero no puede hacerlo una empresa que fabrique calzado y haya contratado puntualmente una traducción.

Por otro lado, como profesionales autónomos, si contratamos los servicios de otros traductores es recomendable pedirles este certificado.

Para solicitar el certificado, basta con ir al sitio web de la Agencia Tributaria e introducir los datos que nos piden: nuestro NIF, nuestro primer apellido, el importe de la casilla 03 del modelo 190 o de la casilla 84 del modelo 390-392, y el NIF del cliente que nos pide el certificado. El documento nos llegará a casa por correo postal en un plazo de dos semanas y es válido durante un año.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Cómo puedo continuar formándome?» el_id=»1453141352736-455f5455-cd54″]Las asociaciones de traductores organizan diversos cursos de formación con precios especiales para sus socios y, en algunos casos, también para los socios de otras asociaciones con las que se han firmado convenios de colaboración.

Las universidades suelen organizar cursos de formación continuada en forma de posgrados y másteres, y también existen empresas privadas que ofrecen cursos de interés. Los socios de APTIC pueden disfrutar de descuentos en diversos centros (consulta los detalles en el apartado «Asociarse» o amb la Secretaria).

Entre otras, puedes visitar las siguientes páginas web:

[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué uso tienen los traductores automáticos en la profesión?» el_id=»1438071812629-00191366-39db»]Gracias a un traductor automático podemos entender la idea general de un texto en un idioma que no conocemos, pero no sustituir el trabajo de un traductor. Incluso puede ser una herramienta que nos ayude en nuestra labor como traductores, aunque su uso conlleva tantas ventajas como inconvenientes.

Entre sus ventajas se cuentan la rapidez y la inmediatez, porque es posible tener traducido un documento en diez segundos, algo que nosotros no podremos lograr. Además de ganar tiempo, es evidente que la corrección ortográfica queda garantizada. Sin embargo, es necesario tener presente que los traductores automáticos tienden a traducir de forma literal y no resuelven problemas sintácticos ni de polisemia, entre otros errores. Y, lo que es más importante, no cuentan con el conocimiento del mundo del que sí disponemos nosotros, los profesionales de la lengua.[/vc_toggle][vc_toggle title=»¿Qué procedimiento debo seguir si un cliente no me paga?» el_id=»1438071841649-630242ec-64a5″]Desde nuestra gestoría, y a modo de indicación muy general, nos envían las siguientes recomendaciones para reclamar una factura:

  • En primer lugar, agota la vía del diálogo, pero poniéndote siempre un límite temporal.
  • Una vez agotada la vía del diálogo, puedes enviar un burofax donde consten el número, el concepto, el importe y la fecha de vencimiento de la factura reclamada.
  • En el burofax, informa de que existe la posibilidad de que inicies acciones legales, en defensa de tus intereses, si el cliente no hace efectivo el pago.

A partir de aquí, si el cliente no responde positivamente, puedes recurrir a la vía legal e iniciar un procedimiento judicial de reclamación del importe, que puede variar en función de la casuística. Sobre el proceso monitorio, podéis encontrar información al respecto aquí.

Siempre es preferible que te asesore un abogado. Solicita un presupuesto previo.[/vc_toggle][/vc_row]